
Los principales impuesto departamentales son:
-Impuesto a la lotería: es el impuesto que se genera por la circulación y venta de los billetes de lotería ,se liquidan como ganancia ocasional el 20%,como impuesto a ganadores 17 % dinero que será retenido por las loterías y entregado a las entidades departamentales, los cuales tiene la obligación de repartir equitativamente éntre las instituciones asistenciales de los Municipios.
Ejemplo: si el premio es de 200 millones de pesos, se le retiene 20% (Artículo 317 del estatuto tributario), el beneficiario recibirá únicamente 160 millones.
-impuesto a loterías foráneas: equivale hasta un 10% del valor nominal de cada billete, el sujeto activo es el departamento y el pasivo el ganador del billete de la lotería, hecho generador es la venta de billetes de lotería de otros departamentos.
Para que los departamentos o los municipios puedan cobrar el gravamen es que el impuesto de loterías foráneas haya sido establecido por la Asamblea Departamental.
“El impuesto de loterías foráneas es de destinación específica y por lo tanto su recaudo debe ser destinado exclusivamente a la asistencia pública.”
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